Regulaciones y normatividad

Nos interesa que siempre
estés conectado en el Quindío

Aquí encontrarás actualizaciones, recomendaciones y normativas que te ayudarán a entender
mejor nuestros servicios y a navegar con tranquilidad

Área de cubrimiento

Nuestra compañía cuenta con un área de cubrimiento del 90% del departamento del Quindío, prestando servicios de conectividad mediante radioenlace y fibra óptica, de acuerdo con las condiciones geográficas y técnicas de cada zona, reafirmando nuestro compromiso de reducir la brecha digital, mejorar la calidad de vida y generar oportunidades de desarrollo en todo el territorio quindiano.

Utilizamos tecnología de radioenlace en aquellos lugares de difícil acceso, donde el despliegue de infraestructura física resulta complejo o inviable. Este sistema emplea antenas para transmitir datos de manera inalámbrica entre puntos fijos, permitiendo llevar conectividad estable a zonas rurales y de topografía montañosa. La instalación de un radioenlace requiere una evaluación técnica previa, ya que la cobertura no está garantizada.

En los municipios principales del departamento del Quindío, prestamos el servicio a través de fibra óptica, una tecnología que permite altas velocidades de navegación, gran estabilidad y calidad en la transmisión de datos. Sin embargo, es importante aclarar que la disponibilidad del servicio está sujeta a verificación técnica, ya que depende de la distancia entre la ubicación del usuario y nuestra red troncal de fibra óptica. Esta evaluación permite determinar si es posible realizar una conexión directa o si se requiere infraestructura adicional.

En la actualidad A&A COMUNICACIONES está iniciando el tendido de fibra óptica en varios municipios cordilleranos del Quindío, como parte de nuestro compromiso con la expansión de redes en zonas que tradicionalmente han estado desconectadas o con servicios limitados.

🔶 NARANJA: FIBRA ÓPTICA  🔵 AZUL: RADIOENLACE

*Dando cumplimiento circular externa 005/2024 (Superintendencia de industria y Comercio). Capitulo I – Regimen de Proteccion al usuario. Numeral 1.2.1.2, literal a)
Resolucion 5050 del 2016 (Comision de regulación de comunicaciones). Capitulo 12 – ARTÍCULO 4.12.1.2. OBLIGACIONES PARA LOS PROVEEDORES DE REDES Y SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.